domingo, 22 de septiembre de 2013

El nombre de dominio


En la vida cotidiana utilizamos nombres o denominaciones para diferenciar formalmente a unas personas y empresas de otras, Así, en el marco de las personas físicas existen normas (contenidas básicamente en el Código civil y en la Ley de Registro civil) que regulan, como derechos, el nombre y apellidos, íntimamente ligados con la filiación. En el ámbito mercantil, el tema se complica algo más, regulándose la marca, el nombre comercial y la denominación social:

  • Marca es un signo que permite distinguir los productos o servicios de un empresario de los de sus competidores.
  • Nombre comercial es la denominación que identifica a una empresa en el tráfico mercantil y que sirve para identificarla, individualizarla y distinguirla de aquellas otras que desarrollan actividades idénticas o similares.
  • Denominación social es el nombre que identifica a una empresa en el tráfico mercantil como sujeto de derechos y obligaciones.
Como siempre, a mayor concentración de signos distintivos, más fácil es para los terceros distinguir a las empresas y más simple es promocionar la empresa entre sus clientes y consumidores. Aunque ello no es siempre posible o conveniente.

Con la aparición del mundo digital, el nombre o denominación, como signo distintivo y diferenciador, aparece como necesidad, dando lugar al llamado nombre de dominio. Así, la denominación de nuestro negocio digital puede (sin duda lo mejor) o no coincidir con el nombre de dominio que, en el marco del comercio electrónico, merece una especial mención.

Al igual que la denominación de un negocio tradicional, en el entorno digital nuestro negocio se identifica por el nombre de dominio (DNS que facilita al usuario de Internet encontrar las direcciones IP). Y si para constituir una sociedad lo primero es registrar una denominación acudiendo al Registro Mercantil Central, para iniciar nuestro negocio en Internet lo primero que debemos hacer es comprobar que nuestra denominación (sencilla y descriptiva) tiene libre el dominio pretendido.

El nombre de dominio tiene dos componentes: el nombre de dominio propiamente dicho o denominación que se haya escogido para el negocio (por ejemplo, reformasagapito) y el nombre de dominio de nivel superior, separada de la anterior por un punto, siendo las más frecuentes: .es (o país correspondiente), .com (los más extendidos), .org (para entidades sin ánimo de lucro), .biz (propuesta para usarse por negocios), .net (para infraestructuras de red), .mobi (servicios para telefonía móvil), .tv (televisiones), .fm (emisoras de frecuencia modulada), .eu (entidades que operen en Europa), .edu (en el ámbito de la educación), .info, .gov, etcétera.

La regulación y asignación de estos nombres de dominio se realiza por ICANN que es un organismo internacional que controla los 13 servidores raíz (root servers). De la gestión del registro de dominios bajo el código del país .es se encarga la Entidad Pública Empresarial Red.es.

Sin embargo, la relación habitual en materia de dominios se realiza con los agentes registradores que comercializan todos los servicios relacionados con los dominios: desde su identificación y registro, hasta su renovación, pasando por un amplio abanico de posibilidades como el diseño de sitios web, gestión de direcciones de correo electrónico, alojamiento en sus servidores y un largo etcétera. Como agentes en España fueron pioneros Arsys y Acens, superando hoy la cincuentena el número de estas empresas con una gran variedad de servicios y precios.

domingo, 8 de septiembre de 2013

Revolución digital y comercio electrónico



Con la revolución digital se ha desarrollado el e-commerce o comercio electrónico en el que, en un sentido amplio, se comprenden las interrelaciones entre los diversos elementos intervinientes en el mercado y en el entorno empresarial que, en el desarrollo de su actividad, utilizan medios tecnológicos y de comunicación; es decir: B2B, B2C, B2A, A2B.

Desde Adam Smith pasando por Frederick Winslow Taylor y hasta Milton Friedman, los teóricos – prácticos del management siempre han pretendido optimizar los recursos de capital y trabajo, haciendo más con menos. Con la revolución digital y el comercio electrónico se consigue justamente eso, pero conjugando gestión con entorno global y sencillez en los procedimientos.

Si algo ha hecho triunfar al comercio electrónico ha sido su simplicidad y la conjugación de ganar – ganar para todos los actores. En efecto:

a)     El objetivo de todo consumidor es, por definición, cubrir sus necesidades con la mejor relación coste – calidad posible. Para ello, y detectada la necesidad, el consumidor debe examinar las diversas formas de cubrirla y, de entre ellas, cual está al alcance de su capacidad económica, lo que le llevará aparejada la labor de búsqueda y comparación de entre las diversas opciones de productos o servicios que presente el mercado local en  el que reside. Todo este complejo engranaje de acciones tiene un coste en tiempo e incómodos desplazamientos que pueden hacer al consumidor desistir de su ideal y optar por una solución aceptable para sus necesidades – capacidad económica, aunque sin la certidumbre de que sea la mejor, con el posible despilfarro de recursos.

Con el comercio electrónico todo ese complejo engranaje se facilita: basta introducir la necesidad que tiene el consumidor en un buscador (como Google o Bing) y, en pocos segundos, le aparecerá toda la información relacionada: productos disponibles, precios, características, etc., pudiendo incluso comparar parámetros con otros productos similares y ver comentarios de usuarios de la web que hayan experimentado con los diversos productos - servicios. Una vez seleccionado el producto o servicio, podrá buscar igualmente el proveedor que mejores condiciones le ofrezca e, incluso, será posible hacer el pedido online y tenerlo en su domicilio en un breve plazo de tiempo.


b)     Para la empresa, el comercio electrónico le ofrece opciones casi infinitas:

 
§         Para cualquier negocio con tienda abierta al público, la posibilidad de operar con dinero electrónico a través del TPV (terminal punto de venta) le permite, a cambio de un pequeño margen, mayor seguridad y, sobre todo, proporcionar al cliente comodidad en el pago. A ello también viene a contribuir los últimos avances tecnológicos como los sistemas que incorporan chips Nfc (near field comunication) que prescinden del contacto físico, bastando con la proximidad entre elemento emisor (por ejemplo, un terminal móvil que lo incorpore) y elemento receptor.

§         Una sociedad se puede constituir íntegramente a través de la ventanilla única virtual en pocos días mediante la interconexión de los PAIT, entidades bancarias, Administración tributaria, notario,  Registros mercantiles (central y provincial), Ayuntamiento y Seguridad Social. Basta con una firma electrónica o DNI electrónico.

§         Para las compañías ya constituidas, Internet permite acceder a un canal de distribución distinto al tradicional, extender su target a clientes de otros lugares, vender sus productos o servicios directamente sin coste de intermediarios, facilitar el contacto con clientes y proveedores a través de intranet, personalizar sus canales de información a través de emails y Newsletter y un largo etcétera de posibilidades.

§         Incluso se hace realidad el sueño de empresas virtuales sin infraestructuras tangibles, intermediadoras de productos o prestadoras de servicios online y presencia internacional, con tiendas electrónicas que hacen posible el e-comercio de cualquier producto (siempre que se cuente con una óptima logística) o mediante la descarga de contenidos.


c)     Para la administración pública, aparte de ofrecer al ciudadano un canal de comunicación ágil y rápido para resolver sus dudas administrativas, el comercio electrónico se postula como una herramienta inigualable para gestionar servicios online (por ejemplo, renovación de subsidios, o búsqueda de empleo a través del portal del Servicio Público de Empleo Estatal), acceder a la información sobre subvenciones o procedimientos de licitación para la contratación con empresas, acceso a normativa de obligado cumplimiento e información administrativa, etcétera.

Mención especial merece el uso intensivo que de las nuevas tecnologías se ha hecho por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en orden a la gestión y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de ciudadanos particulares y empresas, hasta el punto de imponer la gestión exclusivamente electrónica (suprimiendo declaraciones en formato papel) a sociedades de capital y las notificaciones electrónicas a éstas y profesionales. Igualmente, las campañas de la renta son modélicas en facilitar el cumplimiento de la obligación de declarar a través de medios electrónicos (recepción de borrador, posibilidad de modificarlo o confirmarlo y de realizar el seguimiento de la devolución).

Tras este excursus podría pensarse que, en el comercio electrónico, todo son ventajas para todas las partes implicadas. Y, en realidad, así es. Aunque, en poco más de una década de uso y desarrollo del comercio electrónico, hay un punto negro con el que éste ha convivido y aún persiste como lacra: la seguridad.